Cuando termina un contrato de alquiler, muchos inquilinos creen que basta con abandonar la vivienda para darlo por finalizado. Sin embargo, la realidad legal es muy distinta: mientras no se devuelvan formalmente las llaves, el arrendamiento sigue activo y pueden continuar generándose obligaciones, como el pago de la renta.
La entrega de llaves es mucho más que un gesto simbólico. Según el Código Civil, solo cuando el arrendador recupera la posesión efectiva del inmueble se entiende finalizado el contrato. Esto significa que dejar las llaves con el portero, en el buzón o incluso conservar una copia a la espera de la fianza no es suficiente si no hay acuerdo con el propietario. La forma correcta de proceder es pactar una cita para entregar las llaves en mano y firmar un documento de recepción.
En Immosfera hemos visto cómo pequeños descuidos en este proceso han derivado en costosos litigios. Un error frecuente es exigir la devolución inmediata de la fianza como condición para entregar las llaves. Legalmente, el arrendador dispone de un mes desde la entrega del inmueble para devolverla. Por tanto, si se retienen las llaves, el contrato no termina y el arrendatario podría seguir acumulando rentas.
Otra creencia errónea es pensar que comunicar la salida mediante un burofax es suficiente. Aunque es una forma válida de manifestar la intención de desistir del contrato, no sustituye la obligación de devolver la vivienda. La única forma segura de cerrar esta etapa es con una entrega formal, bien documentada y conforme a lo pactado.
Si no es posible una entrega presencial, se puede recurrir a un notario o incluso solicitar la entrega judicial para garantizar protección legal. Es fundamental contar con una prueba clara y comprobable de que la posesión del inmueble ha sido restituida.
Evitar sorpresas al finalizar un alquiler depende de un acto tan sencillo como devolver correctamente las llaves. Porque solo así se extingue la relación contractual y se evita cualquier reclamación futura.